30 diciembre 2003

El efecto anestesiante de un 'te quiero'

Te quiero, o quiero creer que te quiero… para así no dejar de soñar y ser feliz. Hoy puede que alguien que queremos nos haga algo que no nos guste, pero no pasa nada… ‘le quiero’. Nos aferramos a esa idea con tanta fuerza, que seguiremos diciendole ‘te quiero’, porque ese algo no merece la pena como para crear polémica, ni siquiera merece la pena comentarlo. Y vamos permitiendo y permitiendo que nos hagan cositas insignificantes, pero que quedan ahí gotita a gotita en un vaso. Y al final nos damos cuenta de que a quien tenemos a nuestro lado, no le queremos. “Ostias, ¿Y ahora como se lo digo? Le va a pillar de sorpresa. Él/Ella se cree que todo va estupendamente.”

Y ahora viene la parte rebuscadilla de este post. Ahora sabemos que no le queremos. ¡Pero seguimos diciendoselo! ¿Por qué? ¿Por precaución (“no sea que esté atravesando una crisis y luego se me pase y ya sea demasiado tarde”)?, ¿por presión social (“¿qué van a pensar de mi? ¿y su familia? ¿y la mia? Me van a matar…”)?

No se, tal vez… ¿no dejando pasar nada por alto y desde el amor y la comunicación, hablarlo todo, para que dejen de hacernos cositas insignificantes? o tal vez ¿aprendiendo a perdonar todo lo que nos hagan?

Igual lo mejor es decirlo en cuanto detectemos la priméra perdida de amor por la pareja... no se... ¿y tu qué piensas?

24 diciembre 2003

Feliz Navidad

La población hambrienta del mundo aumentó en los últimos años, luego de reducirse en la primera mitad de la década del 90, informó este martes la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

Casi 800 millones de personas del Sur en desarrollo se van a dormir con hambre todas las noches, así como otros 34 millones en las repúblicas ex soviéticas de Europa oriental y de Asia central, indica el último Estado de la Inseguridad Alimentaria en el Mundo publicado por la FAO.

Si la actual tendencia continúa, será imposible cumplir con la meta de reducir para 2015 la población de hambrientos del mundo a 400 millones, asumida por la Cumbre Mundial de la Alimentación celebrada en 1996, según el informe.

Hoy recibí flores

Este texto me ha llegado por email:

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No es mi cumpleaños ni ningún otro día especial. Tuvimos nuestra pelea anoche y él me dijo muchas cosas crueles que en verdad me ofendieron. Pero se que está arrepentido y no las dijo en serio porque hoy me mandó flores.

No es nuestro aniversario ni ningún otro día especial. El otro día me lanzó contra la pared y comenzó a ahorcarme. Parecía una pesadilla, pero de las pesadillas despiertas y sabes que no es real.

No es el día de la madre ni ningún otro día especial. Anoche me volvió a golpear pero esta vez fue mucho peor. Arrastrada por los pelos y golpeada con una almohada entre medias. Todo por un cambio de peinado. Golpes y más golpes a mi alma y al cuerpo, de los que no dejan marca pero sí cicatriz. Pero dependo tanto de él que no se cómo dejarlo. ¿No merezco ser amada?

Hoy es un día especial porque he recibido flores. Es el día de mi funeral.

El fuerte es más fuerte pisando al débil

Que triste ese tipo de personas que se aprovechan de la aparente debilidad y sumisión mostrada hacia ellos. Tal vez dicha sumisión no sea otra cosa que un síntoma de amor, enorme paciencia, y esfuerzo por comprenderles (en algunos casos con hasta pena). Sus formas de agredir van desde faltas de respeto, hasta malos tratos y humillaciones. ¿Objetivo? Hacer que su víctima se sienta como una puta mierda, sin personalidad ninguna, y paralizada por el miedo o la falta de fe en sí mismos. Tal vez lo que les mueve a ello sea un sentimiento de inferioridad empodrecido, que les produce una sed de sentirse "macho dominante". Está claro que el maltrato dura hasta que el amor, la paciencia y esos deseos de comprensión de la víctima, terminan. Y entonces la ovejita se convierte en lobo por instinto de supervivencia, huyendo en algunos casos de su propia anulación como persona. Eso, por desgracia, cuando dicha víctima se da cuenta... y no se ve paralizada por el miedo.

10 diciembre 2003

Declaración Universal de los Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura a continuación. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General

proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.


Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Salí de fiesta mamá

Este texto lo recibí por email:

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Salí de fiesta mamá.

Fuí a una fiesta y me acordé de lo que me dijiste. Me pediste que no bebiera alcohol mamá. Por eso, bebí un Sprite. Sentí orgullo de mi misma, y del modo como me dijiste que me sentiría y que no debería beber y conducir al contrario de lo que algunos amigos me dijeron.

Hice una elección saludable y tu consejo fue correcto.

Y cuando la fiesta finalmente acabó la gente empezó a conducir sin estar en condiciones... Fui a mi coche con la certeza de que iría a casa en paz. Nunca podría imaginar lo que esperaba mamá... algo que no podría esperarme.

Ahora estoy tirada en la calle y oí a un policía decir: "El chico que provocó este accidente iba borracho". Mamá, su voz parecía tan distante...

Mi sangre está derramada por todos lados y estoy intentando con todas mis fuerzas no llorar. Puedo oir a los médicos diciendo: "Esta chica va a morir".

Tengo la certeza de que el chico no tenía la menor idea mientras iba a toda velocidad. Al final, el decidió beber y conducir y ahora tengo que morir...

¿Por qué las personas hacen esto mamá? Sabiendo que esto va a arruinar vidas...

El dolor me está cortando con un centenar de cuchillos afilados.

Di a mi hermana que no se asuste, mamá, dile a papá que sea fuerte. Y cuando vaya al cielo, escribe "Hija de papá" en mi sepultura. Alguien debería haber dicho a aquel chico que está mal beber y conducir...

Tal vez si sus padres se lo hubiera dicho yo ahora estaría viva...

Mi respiración se está debilitando, mamá, y estoy a tener realmente miedo... Estos son mis últimos momentos y me siento tan desesperada.... Me gustaría que me pudieras abrazar, mamá, mientras estoy estirada, aquí, muriendo. Me gustaría poder decirte que te quiero, mamá...

Por eso..

Te quiero, y adiós...

03 diciembre 2003

No hay peor ataque que una buena defensa

Érase un pajarero que estaba muy ofuscado, porque en su pajarería había un pajarito que siempre se escapaba. Y se gastaba dineeeeero y dinero en comprar jaulas mas seguras, muchos candados para sus puertas y alarmas. Pero el pajarito seguía escapándose. Entonces siguió y siguió gastándose dinero y esfuerzos en tapar ventanas. Ya casi ni pasaba luz. Pero el pajartio seguía escapándose.

Entonces desesperado y arruinado acudió a un sabio anciano de su pueblecito a que le dijera qué podía hacer para que su pajarito no se escapase. Y el sabio le contestó que quitase todas las cerraduras, que abriese todas las ventanas y rompiera su jaula. Y que hablase con el pajarito, y le dijera que le quería. Y si alguna vez se gastaba algo, que fuera para hacer al pajarito más feliz.

Y el pajarero sorprendido y sin creerselo demasiado, aceptó el consejo. Hizo todo lo que le dijo el sabio y le compró al pajarito un gran estanque para que jugara, con el dinero que le sobraba ahora por no tener que comprar tantas protecciones.

Si quieres a alguien con todas tus fuerzas, déjale marchar. Si no vuelve es que nunca fué tuyo, pero si lo hace, será tuyo para siempre. Que cada uno saque su moraleja. Haz el amor y no la guerra. Este cuentecido está dedicado a esos gobiernos que tanto se gastan en armas para protegerse de su propio pueblo y de los de alrededor.

Pienso en ti

Pienso en ti,
no puedo parar.
Me pierdo en tus ojos,
y echo a volar.
Me encuentro en tus labios,
me dejo llevar.

¡Que cerca está el cielo!.
¿Estoy muerto ya?
Pienso en ti,
no quiero parar.

01 diciembre 2003

Algunos enlacitos solidarios

Como ciertas noticias no interesan sacarlas a la luz, ni venden, simplemente no se publican. Algunas personas se han preocupado de rescatar y difundir dicha información a través de Internet. Nunca está de más echar un ojo a lo que pasa realmente a nuestro alrededor.

CONTRAINFORMACION
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Ania
Indymedia

Pero es más díver "Gran Hermano", "corazón corazón", o directamente esconder la cabeza y ver la primera.